¿Qué tipo de permiso hace falta para rehabilitar una fachada?
Como una de las empresas de rehabilitación de fachadas de Barcelona queremos valernos de esta nueva entrada del blog para indicarte qué permiso es necesario para acometer este tipo de tareas respetando la ley vigente.
En total, se estima que en España hay 13 millones de viviendas con más de 30 años, según el Ministerio de Fomento. Esto quiere decir que muchas de ellas van a necesitar un lavado de cara para hacerlas más atractivas en el mercado inmobiliario. Un lavado de cara que puede pasar por rehabilitar la fachada. No solo para captar posibles compradores o inquilinos, sino también para mejorar en cuanto a aislamiento acustico y energético.
Lo primero a tener claro es que la normativa puede no ser la misma en todas las ciudades. Todo depende del ayuntamiento, el organismo competente para determinar qué permiso hay que tramitar para que en Rehabilitación Fachadas Barcelona nos pongamos manos a la obra. Atender al tema de las licencias evitará posibles problemas con la administración o con la comunidad de vecinos. De todos modos, todo se basa en una normativa estatal por lo que no hay muchas diferencias entre ayuntamientos. La licencia de obra menor es para reformas sencillas en las que no es necesaria la intervención de un ingeniero o arquitecto técnico. En cambio, en una obra mayor es necesaria la supervisión de un técnico, ya sea ingeniero o arquitecto.
Ambos tipos de obras están definidos en la normativa del PGOU (plan general de ordenación urbana) o en las correspondientes normas urbanísticas. Por su parte, en la LOE (ley de ordenación de la edificación) encontramos desgranados qué tipos de obra precisan de un arquitecto y en cuáles es suficiente con solo un arquitecto técnico.
Hay casos en los que hay que rehacer la Célula de Habitabilidad, por ejemplo, si se busca reformar algo que vaya a afectar a los elementos estructurales de la construcción como pilares o vigas. Si los trabajos van a afectar a elementos propiedad de la comunidad de vecinos como la fachada o los pilares del edificio, hará falta una licencia de obra mayor. Además, para aumentar la superficie de la vivienda transformando, por poner un ejemplo, una terraza en una habitación auxiliar, habrá que consultar la normativa urbanística correspondiente. Normativa que las empresas de rehabilitación de fachadas de Barcelona como es nuestro caso conocemos al detalle con todas las modificaciones que se puedan ir introduciendo. En el caso de que solo se pretenda pintar o acuchillar el parqué solo hará falta obtener un comunicado de obra, documento de carácter informativo.
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